El Derecho Humano a la salud

*Por Damián Ravenna

Producto de la gestión del Estado por parte del gobierno de Javier Milei, se han desfinanciado áreas de suma importancia para la vida humana, en este caso vamos a hacer énfasis en el derecho humano a la salud tratando de explicar las obligaciones del Estado con respecto a este derecho.

Desde el derecho internacional de los derechos humanos se formulan cuatro (4) criterios para la evaluación de un nivel sanitario aceptable:

  1. disponibilidad – deberá existir un número suficiente de establecimientos, bienes y servicios públicos de salud;            
  2. accesibilidad– éstos deberán ser accesibles a todes, sin discriminación alguna. Esto implica la accesibilidad física: condiciones edilicias, cercanía de donde vive la población. También la accesibilidad económica: gratuidad. Y la accesibilidad a la información: conocimiento de prestaciones y, lo más importante, del derecho a ella;   
  3. aceptabilidad – en lo edilicio y especialmente en la prestación de servicios deberán respetarse la confidencialidad de la consulta y el tratamiento, así como los valores culturales de la población asistida.             
  4. calidad – los establecimientos, bienes y servicios de salud deberán ser apropiados desde el punto de vista científico y ser de buena calidad.

Además con ello la perspectiva de los derechos humanos alimenta la integralidad del concepto de salud, porque considera un amplio abanico de determinantes que hacen, que forman este fundamental derecho porque sin un ambiente sano, sin vivienda adecuada, sin trabajo, educación y cultura la población no podrá gozar de un nivel aceptable de salud.

En este mismo sentido la Observación General N° 14[i] del Comité del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC) nos dice: ‘’El derecho a la salud está vinculado con el ejercicio de otros derechos humanos en particular el derecho a la alimentación, a la vivienda, al trabajo, a la educación, a la dignidad humana, a la vida, a la no discriminación, a la igualdad, a no ser sometido a torturas, a la vida privada, al acceso a la información y a la libertad de asociación, reunión y circulación. Esos y otros derechos y libertades abordan los componentes integrales del derecho a la salud’’.

Con ello debemos observar entonces, que tanto el ajuste como el desfinanciamiento ejecutado por el gobierno de Javier Milei, atentan contra el derecho humano a la salud e integralmente contra los derechos humanos debido a su interconexión como queda expresamente claro en la cita de más arriba.

Las cifras de dengue con un gran número de contagios[ii], la falta de insumos básicos como gasas, alcohol y otros insumos elementales en hospitales públicos, los conflictos laborales con los trabajadores de la salud muestran con datos, con la realidad, la profunda violación al derecho humano a la salud.

Es de hacerse notar así mismo que los índices de pobreza y extrema pobreza, que rondan el 57%[iii] de la población argentina, la falta de alimentos por parte del Estado hacia los comedores populares, la baja de planes sociales fundamentales para sostener a miles de personas que sin ellos caen en la indigencia, nos muestra que el programa económico y político de Milei, tiene a la mayoría de clase trabajadora –registrada y no registrada- como el enemigo principal.

En este sentido es que debe entenderse que la planificación económica del gobierno busca privatizar el acceso a derechos humanos elementales y con ello atacar derechos ya conquistados por  y  para toda la clase trabajadora.

*Damián Ravenna, Presidente de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos Zona Norte de la Provincia de Buenos Aires (APDH ZONA NORTE)


[i] https://www.escr-net.org/es/recursos/observacion-general-no-14-derecho-al-disfrute-del-mas-alto-nivel-posible-salud-articulo-12

[ii] La PBA presenta brotes de dengue en localidades de 44 municipios de las RS I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, X, XI y XII. En la actual temporada (2023-2024) entre la SE 35/2023 hasta SE 12/2024 se notificaron 62.043 casos con sospecha de dengue, de los cuales 46.035 fueron positivos (45.635 confirmados y 400 probables), 1.400 casos fueron descartados y 14.608 aún continúan en estudio. En relación con el monitoreo de la severidad, entre los casos confirmados de dengue se identificaron 31 casos fallecidos y 594 con signos de alarma. Se identificaron predominantemente el serotipo DEN2, seguido de DEN1 y DEN3. En cuanto a chikungunya se notificaron, para las mismas semanas, 1.846 casos, de los cuales 21 casos fueron confirmados, 21 probables, 1.253 son descartados y 551 casos aún continúan en estudio. Se registró un brote de chikungunya en Pergamino en SE 8 y un caso congénito. https://www.ms.gba.gov.ar/sitios/media/files/2024/04/Bolet%C3%ADn-epidemiol%C3%B3gico_12.pdf

[iii] Con respecto a los niveles de pobreza, como consecuencia de los incrementos del costo de la CBT y de los ingresos de los hogares, se estima que la población en esta situación pasó del 44,7% observado en el tercer trimestre de 2023 al 49,5% en diciembre de 2023 y al 57,4% en enero de 2024. El mayor incremento lo experimentaron los hogares de clases trabajadoras o medias no beneficiarias de programas sociales. Informe: https://wadmin.uca.edu.ar/public/ckeditor/Observatorio%20Deuda%20Social/Presentaciones/2024/Observatorio-Pobreza-Informe-serie-historica-2004-2023.pdf

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